Venta de un inmueble en España por un polaco: impuestos y trámites en 2026
La venta de un inmueble en España por un polaco conlleva varios impuestos y plazos que conviene conocer incluso antes de firmar el contrato. A continuación respondemos a las preguntas más frecuentes, basándonos en las normas descritas por la administración tributaria española (Agencia Tributaria). Los impuestos en la compra los describimos aparte en el artículo Cuánto cuesta comprar un inmueble en España, y todo el proceso de compra en la guía El procedimiento de compra de un inmueble en España paso a paso.
En resumen
- El no residente paga en España un 19 % de impuesto sobre la ganancia de la venta.
- El comprador debe retener el 3 % del precio de venta e ingresarlo en la hacienda española (modelo 211) en el plazo de un mes desde la operación.
- El vendedor presenta la declaración del modelo 210 en unos 4 meses desde la venta.
- La plusvalía municipal se paga por separado, en el plazo de 30 días hábiles desde la escritura notarial.
- El impuesto se calcula sobre la ganancia, por lo que los costes de compra y las mejoras reducen la base.
¿Qué impuesto paga un polaco que vende un inmueble en España?
Si no vive de forma permanente en España, tiene allí la condición de no residente fiscal y paga un 19 % sobre la ganancia de la venta del inmueble. Según la administración tributaria española, el tipo es el mismo para todos los no residentes, con independencia del país. El impuesto se calcula sobre la ganancia, es decir, sobre la diferencia entre el precio de venta y el valor de adquisición.
¿Qué se incluye en los costes y reduce la ganancia?
En el valor de adquisición se incluyen el precio de compra, los costes relacionados con la compra (entre otros, notario, registro, comisión del agente, impuesto pagado en la compra) y los gastos en mejoras permanentes del inmueble. Conviene conservar las facturas y las escrituras de la compra. Las reparaciones ordinarias de conservación normalmente no aumentan el valor de adquisición.
¿Qué es la retención del 3 % y quién la paga?
El comprador tiene la obligación de retener el 3 % del precio de venta acordado e ingresarlo en la hacienda española mediante el modelo 211 en el plazo de un mes desde la operación. Es un anticipo de su impuesto y no un coste adicional: la cantidad se regulariza en la declaración del modelo 210. El comprador ingresa ese 3 % en la hacienda en nombre del vendedor, por lo que el precio que recibe el vendedor se reduce en esa cantidad.
¿Hasta cuándo hay que presentar la declaración del modelo 210?
En el plazo de tres meses tras el transcurso del mes siguiente a la fecha de la operación, es decir, en total unos 4 meses desde la venta. En la declaración se liquida el impuesto real sobre la ganancia y se acredita contra él la retención del 3 % ya ingresada. Con estos plazos conviene recurrir a la ayuda de un representante fiscal.
¿Qué es la plusvalía municipal?
Es un impuesto municipal sobre el incremento del valor de los terrenos, que paga el vendedor. Se calcula por uno de dos métodos (sobre el valor catastral del suelo o sobre la ganancia real) y el contribuyente paga la cantidad menor. La declaración se presenta en el plazo de 30 días hábiles desde la venta. El tipo máximo municipal es del 30 %. Si la venta supuso una pérdida, no se debe plusvalía.
¿Necesito un abogado en la venta?
Sí. Igual que en la compra, recomendamos un abogado independiente que represente únicamente a usted. Revisará los documentos, preparará la operación y ayudará con las declaraciones. Tenemos contactos consolidados con abogados que hablan polaco en cada costa.
¿Ayuda World Residence en la venta?
Atendemos en polaco a clientes en España desde 2010 y trabajamos en el sector inmobiliario desde 1998. Póngase en contacto con nosotros y le asesoraremos sobre cómo preparar la venta.
La información es de carácter general y no constituye asesoramiento fiscal. Conviene confirmar los tipos y los plazos con un asesor antes de la operación.
Actualizado: 13 de octubre de 2026. Fuentes: Agencia Tributaria.
Foto principal: P4K1T0 (CC0) — Wikimedia Commons.

